¿Qué te atribuye exactamente el acuerdo?
Localiza el apartado de hechos imputados. Supongamos que la factura corresponde a una compra real y que el banco acredita el pago. Si el cargo consiste en presentar la cuenta fuera de plazo, el justificante bancario resuelve una cuestión distinta. Si, en cambio, se te acusa de inventar la compra, importan el encargo al proveedor, el albarán, el movimiento bancario y la identificación del bien. Antes de reunir papeles, conviene escribir en una frase qué hecho se discute.
La Ley General de Subvenciones distingue, entre otras conductas, la presentación tardía de la cuenta justificativa y la falta de justificación tras vencer el plazo. Comprueba qué se presentó, en qué fecha y por qué medio. Conserva también el requerimiento y su justificante de notificación. Una propuesta que solo dice «se ha acordado el reintegro» deja sin explicar por qué los hechos encajan en la infracción concreta y qué conducta se reprocha a la persona sancionada.
Cuando el trabajo lo llevaba una gestoría
Hay diferencia entre entregar al asesor todas las facturas con antelación, pedirle confirmación y corregir un fallo al detectarlo, y desatender varios avisos de que falta una cuenta. Los correos fechados, las instrucciones recibidas, el registro de presentación y los controles internos permiten reconstruirlo. Encargar la gestión a otra persona no basta por sí solo para quedar exento. Si dos personas intervinieron de manera distinta, interesa precisar quién asumió cada obligación.
¿Devolver el dinero evita la sanción?
La multa y la obligación de reintegrar pueden coexistir. Hay una excepción concreta. El artículo 63.1 evita la sanción por dos infracciones muy graves del artículo 58, letras b) y d), cuando se han devuelto el principal y los intereses sin previo requerimiento. Se refieren a fondos que no se destinaron a su finalidad y a fondos que una entidad colaboradora no entregó a sus beneficiarios. Antes de invocarla hay que comparar la conducta imputada con esas letras y acreditar importes y fechas. Quien ya recibió el requerimiento o devolvió solo una parte puede encontrarse en otra situación.
Revisa también la cifra y los efectos de la multa
Aunque aceptes que hubo un retraso, puedes discrepar de la calificación, la base económica o la graduación. Comprueba si se ha aplicado un porcentaje al conjunto de la ayuda cuando el hecho solo afecta a una parte y si se vuelve a emplear para agravar la multa una circunstancia que ya define la infracción. Si la propuesta incluye una prohibición de obtener ayudas o contratar, localiza su fundamento, duración y alcance. Para valorar el expediente hacen falta los cargos completos, las alegaciones ya presentadas, la resolución de reintegro si existe y la prueba individual de la conducta.
Si, además, necesitas discutir cuánto te exigen devolver, puedes consultar qué cambia cuando el proyecto se cumplió solo en parte.
Normativa aplicable. Ley General de Subvenciones, artículos 52 a 69.